CONDUCTA DIGITAL

La conducta digital:


10 comportamientos digitales: 


1. Utilizo las tics respetando a los otros, respetándome y haciéndome respetar.

2. Ejerzo mi derecho a la libertad y respeto la de los demás

3.Hago uso de mi identidad de manera segura en mi interacción con otros en los ambientes tecnológicos.

4. Protejo mi integridad y seguridad personal y la de los demás.

5.Soy responsable con  mi intimidad y la de los demás.

6. Utilizo las TIC para el libre desarrollo de mi personalidad y mi autonomía, y a través de ella reconozco y hago respetar mis creencias y pensamientos, y los de los demás

7. Utilizo las TIC para mejorar mi calidad de vida, asegurándome de procurar un ambiente sano y pacífico.

8. Soy consciente de que los menores de edad requieren especial cuidado y acompañamiento en el uso de las TIC.

9. No utilizo las tic para promover,compartir, consultar, ver, comprar  actividades al margen de la ley o cualquier otra conducta que atente contra los derechos humanos.

10. Respeto los derechos de autor.


Ley 1273 de 2009

Congreso de la república:

Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.

Congreso de Colombia decreta:  Adicionase el Código Penal con un Título VII BIS denominado “De la Protección de la información y de los datos”, del siguiente tenor: 
  
   -CAPITULO I

    De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los  
    sistemas informáticos

   -CAPITULO II
    De los atentados informáticos y otras infracciones.

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1273_2009.html





LEY 1341 DE 2009:
Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones.
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2009/ley_1341_2009.html









BULLYING: El acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, matoneo escolar o por su término inglés bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Estadísticamente, el tipo de violencia dominante es el emocional y se da mayoritariamente en el aula y patio de los centros escolares.
http://es.wikipedia.org/wiki/Acoso_escolar





Aqui les dejo un video:
 

Delitos informaticos:  
Claves programáticas espías: conocidas como troyanos, o software espías, utilizadas para sustraer información en forma remota y física, preferiblemente aquella que le permita al delincuente validarse en el sistema bancario, suplantando a la víctimas  

Estafas a través de subastas en línea: se presentan en el servicio de venta de productos, generalmente ilícitos, en línea o en la red; se pueden encontrar celulares hurtados, software de aplicaciones ilegales, además puede ser una vía de estafa ya que se suelen incumplir reglas de envió y de calidad de los productos solicitados.   

Divulgación indebida de contenidos: son conductas originadas en el anonimato ofrecido en la internet y el acceso público sin control desde ciber cafés; entre ellas se encuentran el envió de correos electrónicos anónimos, con fines injuriosos o calumnias, amenazas y extorsiones  

Pornografía infantil en internet: a través de foros, chats, comunidades virtuales, transferencias de archivos, entre otras modalidades, los delincuentes comercializan material pornográfico que involucra menores de edad  

Violación a los derechos de autor: utilizando reproductores en serie, los delincuentes realizan múltiples copias de obras musicales, videogramas y software

Piratería en internet: implica la utilización de internet para vender o distribuir programas informáticos protegidos por las leyes de la propiedad intelectual. Aquí encontramos la utilización de tecnología par a par, correo electrónicos; grupos de noticias, chat por relay de internet, orden postal o sitios de subastas, protocolos de transferencia de archivos, etc.



 http://www.policia.gov.co/portal/page/portal/UNIDADES_POLICIALES/Direcciones_tipo_Operativas/Direccion_Seguridad_Ciudadana/Planes_de_Seguridad/Recomendaciones_de_seguridad/delitos_informaticos



Manual de convievencia articulo 20 n° 20: Usar la red de internet para aspectos diferentes a los establecidos por la institución: paginas pornográficas y satánicas, correos electrónicos que afectan a la integridad y el buen nombre de la persona y el colegio. De igual forma se aplica para el uso del celular. 







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